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Durante el mes de junio recién finalizado, la “SPYMEYE – Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores” (ex SEPYME) ha relanzado, a través de la Resolución 63/2020, el programa por el cual este año se destinarán $ 180.000.000 a distribuir entre los proyectos de inversión que se presenten y posteriormente se aprueben, destinados a capacitación de MiPyMEs en general, a Cooperativas y Grandes Empresas, éstas últimas solo para algunas modalidades de proyectos específicos.

Este programa no es nuevo, lleva desarrollándose varios años con variaciones de un año a otro, pero constante en su naturaleza.

Aquí los proyectos aprobados, reciben un reintegro materializado a través de un bono electrónico de crédito fiscal, los cuales podrán ser aplicados al pago de impuestos nacionales, por ejemplo, IVA o impuesto a las Ganancias o aduaneros. A su vez, este bono puede ser endosado o transferido por única vez a otra CUIT distinta a la beneficiada originalmente.

Para este 2020, y hasta el 31 de octubre, las modalidades de proyectos que pueden presentarse son 5 (cinco);

Modalidad I. MiPyME que capacite a personal propio;

Modalidad II. MiPyME o Gran Empresa que invierta en capacitación a nómina de Emprendedor (figura que surge de la Ley 27.349) justificando la integración a una cadena de valor.

Modalidad III. Idéntico al caso precedente, pero los integrantes de la cadena de valor junto con la MiPyME o Gran Empresa deben ser proveedores o distribuidores como organizaciones capacitadas. Aquí es donde pueden incluirse cooperativas.

Modalidad IV. Proyectos de promoción de grupos asociativos, donde las MiPyMEs que pueden presentarse son 2 o más, pero el objeto del proyecto es la capacitación para fortalecimiento conjunto.

Modalidad V. Pueden presentar proyecto MiPyME o Gran Empresa, en carácter de cedentes de crédito fiscal, donde se financia adecuaciones edilicias que mejoren la seguridad y las condiciones de los espacios físicos para el dictado de capacitaciones para MiPyMEs, incluyendo las que resulten necesarias para instalar equipamiento y/o nuevas tecnologías para su uso didáctico. Estas entidades capacitadoras beneficiadas directamente para la inversión, deben ser vitales o tener como objeto el desarrollo regional, otro aspecto incorporado en la admisibilidad de proyectos.

Considero oportuno mencionar algunas de las temáticas de capacitación que pueden considerarse en los proyectos y que deben ser ejecutadas a través de las Unidades Capacitadoras (UCAPS) admitidas por la SPYMEYE, entre otras, promoción de la internacionalización, calidad, diseño, capacitación para el acceso y uso de herramientas y servicios digitales, incorporación de la perspectiva de género en la estructura organizacional, y la incorporación de protocolos capacitación para la prevención y control del Coronavirus COVID-19.

Por último, resalto que este programa se desarrolla, ya sea para quienes se presenten en calidad de MiPyMEs o Gran Empresa beneficiaria del crédito fiscal, o como Unidades Capacitadores (UCAP), desde la plataforma digital del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Allí se puede encontrar las bases, condiciones y detalles del Programa, el cual a mi entender puede resultar una oportunidad para MiPyMEs, y también para entidades privadas y públicas de capacitación, que se encuentren en la búsqueda de adecuar o adaptar sus negocios o generar nuevos o más eficientes, en un contexto de circulación restringida con las consecuentes modificaciones de prácticas de consumo, laborales y de vinculación social tanto en el ámbito local, el regional y mundial.

Cdor Pablo Guardia

Foto: www.argentina.gob.ar/produccion/credito-fiscal-para-capacitacion-pyme